La Diócesis de Armenia cuenta con 48 horas para responder de manera clara sobre la tutela con respecto a los presuntos casos de abusos sexuales a menores de edad en el Quindío

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Autor: Fabian Camilo Plaza Rubiano

En el ojo del huracán se encuentra nuevamente la Diócesis de Armenia por los líos judiciales debido a que en las últimas horas el Juzgado Primero Penal Municipal para Adolescentes con funciones de control de garantías, inició incidente de desacato de tutela contra el obispo de Armenia monseñor Carlos Arturo Quintero Gómez y le dio 48 horas para que responda y se defienda, al considerar que al parecer envío información incompleta sobre el derecho de petición que elevó el periodista Juan Pablo Barrientos sobre los sacerdotes denunciados por presuntos casos de abusos sexuales a menores de edad en el Quindío.

En la solicitud Barrientos pidió que se relacionaran los 178 sacerdotes de la Diócesis, a lo que el obispo respondió que se habían presentado 13 denuncias, donde están implicados 11 sacerdotes, pero no hizo alusión a los 167 restantes, razón por la cual el juez consideró que no se había respondido adecuadamente.

“Sobre el particular, al observar la respuesta entregada por el Obispo, se advierte que este respondió de manera muy general frente a los 178 sacerdotes, siendo necesario en criterio de este despacho que se pronuncie sobre cada uno de ellos como lo hizo en la primera respuesta que le fue entregada al peticionario y no de forma tan genérica como lo resolvió en su segunda contestación. Igualmente, se le indica que, si no tiene conocimiento de alguno de los sacerdotes relacionados en la petición, indique de forma clara porque no puede suministrar la información o si no es el competente remita la petición a quien sí la tiene, pero indicándole de manera clara dicha situación”, explicó el documento expedido por el juzgado en mención.

Y agregó “En ese orden de ideas, se dispone Abrir Incidente de Desacato en contra del señor Carlos Arturo Quintero Gómez en su calidad de Representante Legal de la Diócesis de Armenia, cuyo deber es cumplir el fallo de tutela tal como se encuentra acreditado en el Certificado de la Nunciatura Apostólica de Colombia de conformidad con lo señalado en el Artículo 52 del Decreto 2591 de 1991, que prevé que si una persona incumple una decisión proferida por un juez de tutela, posiblemente incurre en desacato sancionable con arresto hasta de seis meses y multa hasta de 20 SMLMV, sin perjuicio de las sanciones penales a que hubiere lugar”.

Cabe resaltar que hasta el momento la Diócesis de Armenia no se ha pronunciado oficialmente.

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