El equipo periodístico del Informativo LC Noticias de la cuyabra radio pudo conocer una circular externa de la Superintendencia Nacional de Salud, donde se le da las instrucciones claras a
las Secretarías o Direcciones Territoriales de los departamentos, municipios y distritos en todo el país para que vigilen y garanticen los servicios de los usuarios de las EPS que se liquiden o cierren definitivamente, además, deben garantizar que las historias clínicas sean oportunamente entregadas a las EPS a las cuales se encuentren afiliados los usuarios, los municipios deben apoyar a los departamentos o distritos en la gestión, custodia y manejo de las historias clínicas.
Las Secretarías o Direcciones Territoriales deben asegurar el reporte de información en caso de disolución o liquidación de los prestadores de servicios de salud, diligenciado el formulario de reporte de novedades del aplicativo del Registro Especial de Prestadores de Servicios (REPS), los cuales deberán ser informados semestralmente a la Superintendencia Nacional de Salud (Oficina de Liquidaciones) en los meses de julio y enero de cada año.
