Comando de Reclutamiento y Control Reservas del Ejercito Nacional tendrá una jornada para definir situación militar

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El Comando de Reclutamiento y Control Reservas informa a todos los ciudadanos colombianos que se encuentren pendientes por definir su situación militar que, a partir del 12 hasta el 23 de septiembre de 2023, se llevará a cabo una jornada continua en sus 12 Zonas y 60 Distritos Militares, el horario de atención será de 7:00 a.m. a 5:00 p.m, esto se realiza en cumplimiento del artículo 73 de la Ley 1861 de 2017, el Decreto Reglamentario 977 de 2018 y la Resolución 1258 del 2021, prorrogada mediante la Resolución 1823 del 19 de mayo del 2023, emitida por el Ministerio de Defensa Nacional.

Los ciudadanos que acudan a estas convocatorias especiales disfrutarán de un descuento del 60 % en la cuota de compensación militar y un 90 % de descuento en las multas o sanciones que se les hayan impuesto por infracciones en el proceso de definición de la situación military, además, al finalizar el proceso, los ciudadanos podrán optar por acceder de manera gratuita a la Constancia Electrónica o solicitar la expedición física de su Tarjeta de Reservista de Segunda Clase, la cual tendrá un costo de $178.000 para este año.

¿Quiénes pueden acceder a esta jornada?

Ciudadanos colombianos residentes en el país o en el exterior que se encuentren en las siguientes situaciones, infractores que hayan sido sancionados con multas, incluyendo aquellos que:

*Siendo aptos, no se presentaron en la fecha, lugar y hora indicada para la concentración de incorporación.

*No asistieron a la primera evaluación de aptitud psicofísica.

*Realizaron el proceso de inscripción de manera extemporánea en vigencia de la Ley 48/93 (antes del 4 de agosto de 2017).

*Siendo mayores de edad, fueron aplazados por estar cursando estudios de bachillerato y no definieron su situación militar tras obtener su título de bachiller.

*Se les liquidó la cuota de compensación militar y no pagaron el recibo en el plazo establecido (recibo vencido).

*Ciudadanos que superaron la edad máxima de incorporación (mayores de 24 años).

*Ciudadanos declarados no aptos por los comités de aptitud psicofísica de la Dirección de Reclutamiento.

*Ciudadanos residentes en el exterior que demuestren una residencia mínima de 3 años.

*Ciudadanos exentos de la prestación del servicio militar y que deban cancelar la cuota de compensación militar, según lo establecido en el artículo 12 de la Ley 1861 de 2017, incluyendo:

*El hijo único, hombre o mujer.

*El huérfano de padre o madre que sustente a sus hermanos incapaces de ganarse el sustento.

*El hijo de padres incapacitados para trabajar o mayores de 60 años, sin renta, pensión o medios de subsistencia.

*El hermano o hijo de quienes hayan fallecido o adquirido una inhabilidad absoluta y permanente en combate o actos del servicio durante el servicio militar obligatorio.

*Los hijos de miembros de la Fuerza Pública fallecidos o declarados inválidos en actos del servicio.

*Clérigos y religiosos según los convenios concordatarios vigentes, y similares jerárquicos de otras religiones dedicados permanentemente a su culto.

*Casados que hagan vida conyugal.

*Personas con discapacidad física, psíquica o sensorial permanente.

*Varones colombianos que hayan dejado de tener el componente de sexo masculino en su registro civil.

*Ciudadanos incluidos en el programa de protección a víctimas y testigos de la Fiscalía General de la Nación.

* Ciudadanos objetores de conciencia reconocidos previo trámite ante la comisión interdisciplinaria, dispuesto en el artículo 77 al 80 de la ley 1861 de 2017.

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