Los Comisionados de la Creg, no son de libre remoción, tienen un periodo fijo de cuatro años según lo dio a conocer la Procuradora General

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Margarita Cabello Blanco, Procuradora General de la Nación, ha aclarado que los agentes expertos que integran la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) tienen un periodo fijo de cuatro años y no son considerados servidores de libre remoción, este pronunciamiento fue emitido en un concepto enviado a la Corte Constitucional, en relación con la Ley de Transición Energética (Ley 2099 de 2021), específicamente el artículo 44 de dicha ley, que establece que los seis expertos en asuntos energéticos que conforman la CREG son designados por el presidente de la República para mandatos de cuatro años.

La Procuradora General aclaró que estos expertos no son agentes del Gobierno, a pesar de ser nominados por el jefe de Estado, su labor, según señaló, no tiene una naturaleza gubernamental, sino administrativa, y se ejerce de forma independiente y técnica, sin estar subordinada, este enfoque busca garantizar que las funciones de las comisiones de regulación se realicen con independencia técnica y sin subordinación política a otras autoridades, asegurando que sus decisiones estén alineadas con las necesidades del sector regulado y protejan los derechos de los usuarios, sin verse influenciadas por presiones o motivos coyunturales.

La Procuradora resaltó que la propia Corte Constitucional ha advertido que establecer un periodo fijo para los comisionados tiene como objetivo preservar su independencia, reduciendo la probabilidad de que sus decisiones estén condicionadas por presiones provenientes del gobierno en ejercicio, aunque son designados por el presidente, no pueden ser removidos libremente, consolidando así su independencia y la integridad de su labor en beneficio del interés general y la protección de los derechos de los ciudadanos.

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