Mutilaciones de los animales no puede justificarse como caprichos de las personas

Nacional

Margarita Cabello Blanco, Procuradora General de la Nación señaló que, remover, destruir, mutilar o alterar cualquier miembro, órgano o apéndice de un animal vivo por razones caprichos de sus dueños en ningún caso se justifica ya que “constituye un maltrato de un ser sintiente que únicamente busca la satisfacción del ideal de belleza del ser humano, sin perseguir un objetivo superior”.

En la actualidad existe la norma que permite esa acción que está incluida en el Estatuto Nacional de Protección de los Animales (Ley 84 de 1989 art. 6) concibe a los animales como cosas que se encuentran a disposición de los humanos, ignorando su condición de seres sintientes cuyo sufrimiento debe ser evitado y que, por ende, “no puede justificarse en la mera satisfacción de las necesidades o caprichos de las personas”, precisó la Procuradora General.

Por esa razón la Procuradora General de la Nación, solicitó declarar inexequible esa parte de la ley, por perseguir un objetivo contrario a la obligación de especial protección contemplada en la Constitución

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