Entidades públicas no podrán suscribir contratos con personas naturales por un período mayor a 4 meses

Noticias
El equipo periodístico del Informativo Informativo LC Noticias, pudo conocer los lineamientos emitidos por el Departamento Administrativo de la Función Pública y de la Agencia Nacional de Contratación Pública Colombia Compra Eficiente, el Gobierno Nacional que se debe cumplir para los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión en este 2023.
Esta circular está dirigida a órganos, organismos y entidades del sector central descentralizado de la Rama Ejecutiva nacional y territorial, donde dichas entidades no podrán suscribir contratos con personas naturales por un periodo mayor a cuatro meses; sin embargo, la circular expone las excepciones en los que se podrán concretar contratos superiores a ese periodo.
El documento menciona que, para suscribir contratos tanto con personas naturales como jurídicas, los estudios previos que los respalden deberán indicar las razones por las cuales esas actividades que contratarán no las pueden realizar personas de planta o explicar, si es el caso, por qué esas funciones requieren de un conocimiento especializado.
Dentro de la misma circular existe una excepción donde indica que los contratos en mención podrán exceder el plazo de cuatro (4) meses siempre que, de manera expresa y clara, se precisen las razones que justifiquen la fijación de un plazo mayor, así como “los motivos por los cuales resulta conveniente proveer tal necesidad a través de un contrato de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, en lugar de la creación de un empleo de la planta temporal”.

Deja un comentario