La JEP ordena protección en salud Integral para Víctimas de Violencia de Género en el Norte del Cauca y el Sur del Valle del Cauca

Nacional

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) ha emitido una orden crucial para brindar protección en salud física, psicológica y espiritual a las víctimas de violencias basadas en género que participan en el Caso 05, centrado en la situación territorial del norte del Cauca y el sur del Valle del Cauca, esta decisión se dio a conocer a través del despacho del magistrado Raúl Eduardo Sánchez, en respuesta a una solicitud presentada por la Procuraduría Segunda Delegada con Funciones de Intervención ante la JEP, con el objetivo de garantizar una atención prioritaria y completa de la salud de las víctimas involucradas en el proceso judicial.

La orden, establecida mediante el auto 291 de 2023, implica que el Ministerio de Salud y Protección Social, las gobernaciones del Cauca y el Valle del Cauca, así como las secretarías de Salud de 21 municipios, incluyendo Cali y Popayán, deben asegurar la atención prioritaria de las víctimas al Programa de Atención Psicosocial y Salud Integral a Víctimas (Papsivi), los municipios mencionados son Santander de Quilichao, Suárez, Buenos Aires, Morales, Caloto, Corinto, Toribío, Caldono, Jambaló, Miranda, Padilla, Puerto Tejada, Florida, Pradera, Palmira, Jamundí, Candelaria, Villa Rica y Guachené.

La Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad ha solicitado a la Procuraduría Segunda Delegada con Funciones de Intervención ante la JEP y a diversas organizaciones étnicas e indígenas la presentación de propuestas de acciones que garanticen que la atención en salud de las víctimas tenga en cuenta el enfoque étnico, territorial y de género, entre las organizaciones vinculadas se encuentran los Tejidos de Mujer del CRIC, ACIN y ORIVAC, ACONC, ASOM y Afroamérica XXI.

La decisión también ha involucrado a la Comisión de Género, al Departamento de Atención a Víctimas, al Equipo de Investigación Especial en violencia sexual (EIVIS) de la Unidad de Investigación y Acusación (UIA) de la JEP, así como al Departamento de Psiquiatría Comunitaria de la Universidad del Valle y varias organizaciones sociales y de género, estas entidades deberán presentar propuestas con el objetivo de salvaguardar el enfoque de género en la atención de salud mental, espiritual, psicosocial y espiritual de las víctimas, entre las organizaciones mencionadas se encuentran la Corporación Sisma Mujer, Caribe Afirmativo, Mujer Sigue Mis Pasos, Nidia Erika Bautista, Arrópame Con Tu Esperanza, Rosa Blanca y la Red de Víctimas y Profesionales.

Esta determinación se fundamenta en la Ley 1922 de 2018, que establece la obligación de proteger los derechos de los procesados, las víctimas, testigos e intervinientes, considerando un concepto amplio de seguridad que abarca no solo la ausencia de riesgos para la integridad personal, sino también la salud integral, asimismo, se resalta que el Estado tiene la responsabilidad de proteger la salud integral de las víctimas involucradas en procesos judiciales, lo que motiva a la JEP a tomar este tipo de decisiones cuando sea necesario.

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